Ordenar, señalizar y dirigir el
tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
Instruir atestados por accidentes
de circulación dentro del casco urbano.
Policía Administrativa, en lo
relativo a las Ordenanzas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de
su competencia.
Participar en las funciones de
Policía Judicial, en la forma establecida en la Ley.
La prestación de auxilio, en los
casos de accidente, catástrofe o calamidad pública participando, en la forma prevista en
las leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
Efectuar diligencias de
prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el
marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.
Vigilar los espacios públicos y
colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la Policía de las
Comunidades Autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del
orden en grandes concentraciones humanas cuando sean requeridos para ello.
Cooperar en la resolución de los
conflictos privados cuando sean requeridos para ello.